Episcopalis Communio – Francisco I

Art. 7

Transmisión de las contribuciones preparatorias a la Secretaría General del Sínodo

§ 1. Cada Iglesia particular envía la propia aportación al Sínodo de los Obispos de las Iglesias patriarcales y arzobispales mayores, o al Consejo de los Jerarcas o a la Asamblea de los Jerarcas de las Iglesias sui iuris, o a la Conferencia Episcopal del propio territorio. Dichos organismos, a su vez, transmiten una síntesis de los textos recibidos a la Secretaría General del Sínodo.

Del mismo modo lo hacen la Unión de los Superiores Generales y la Unión Internacional de las Superioras Generales con las aportaciones elaboradas por los Institutos de Vida Consagrada y de las Sociedades de Vida Apostólica.

Los Dicasterios de la Curia Romana transmiten directamente su aportación a la Secretaría General del Sínodo de los Obispos.

§ 2. Permanece íntegro el derecho de los fieles, singularmente o asociados, de enviar directamente su aportación a la Secretaría General del Sínodo.